Resumen del Artículo:
- La sentencia del TJUE permite a padres reclamar el complemento de maternidad.
- Requisitos: jubilado entre 2016 y 2021, tener al menos dos hijos.
- El aumento de la pensión varía según el número de hijos.
- Proceso de reclamación: presentar solicitud, reclamación previa y, si es necesario, demanda judicial.
Pregunts y respuestas: ¿Cómo reclamar el complemento de maternidad y cuál es el aumento en la pensión?
Para reclamar el complemento de maternidad, debes haber sido jubilado entre 2016 y 2021 y tener al menos dos hijos. El aumento en la pensión varía según el número de hijos y se realiza a través de un proceso que incluye presentar una solicitud inicial, reclamación previa y, en algunos casos, demanda judicial.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia trascendental el 12 de diciembre de 2019, en el caso C-450/18, que revolucionó la forma en que se otorga el complemento de maternidad en las pensiones. Esta sentencia declaró que el complemento de maternidad era discriminatorio por razón de sexo y ordenó que también se otorgara a los padres.
La sentencia del TJUE argumentó que la redacción de la Ley era discriminatoria y, en consecuencia, abrió la puerta para que aquellos hombres que cumplan con ciertos requisitos reclamen el complemento de maternidad, siempre y cuando no hayan pasado 5 años desde la fecha de jubilación y tengan dos o más hijos. No obstante, como se puede ver más adelante, ya existen varias sentencias a favor del pensionista aunque hayan pasado más de 5 años desde la jubilación al entender los Juzgados que la prescripción contaría desde la fecha de la sentencia del TJUE.
La justicia española ya ha tomado medidas en esta dirección. Por ejemplo, la Sentencia 44/2020 de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, emitida el 20 de enero de 2020, otorgó este complemento a un hombre jubilado con cuatro hijos, aumentando su prestación mensual en un 15%.
Existen ya muchas sentencias tanto en los Juzgados de los social como en los Juzgados superiores de Cada Comunidad Autónoma:
A continuación les detallamos algunas de las últimas sentencias donde se falla a favor del pensionista en lso casos que la Seguridad Social les consideraba prescritos:
Tabla de contenidos
Sentencias sobre Complemento Paternidad a jubilación
Les detallamos algunas de las últimas sentencias favorables a los jubilados en los casos de reclamación del complemento de paternidad por 2 hijo o más incluyendo casos que han pasado 5 años que el INSS les considera prescritos:
- Juzgado Social 8 de Zaragoza 10 de Marzo de 2.022 jubilado de banca dies a quo debe identificarse con sentencia Europea
https://www.legaltoday.com/actualidad-juridica/noticias-de-derecho/complemento-de-maternidad-el-dies-a-quo-previsto-en-el-art-53-lgss-debe-identificarse-con-la-fecha-de-la-publicacion-de-la-stjue-2022-03-22/ - Juzgado Social de Mallorca 4 Noviembre 2022 407/2022 (se estaría validando y admitiendo la vulneración del derecho fundamental apreciada y declarada por el TJUE a la igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social
https://confilegal.com/20221114-un-juzgado-de-mallorca-da-la-razon-a-un-jubilado-y-le-concede-21-000-euros-por-el-complemento-de-maternidad/ - Juzgado Social nº 1 Gijón noticia del 5 octubre 22
https://www.lavozdeasturias.es/noticia/asturias/2022/10/03/asturiano-recibira-plus-maternidad-solicito-5anos-despues-jubilarse/00031664816800091636755.htm - Juzgado de lo Social Nº 2 de Cuenca, en su Sentencia Nº 2/2023 de 18 de enero, debe entenderse que es en la fecha de la publicación de la sentencia del TJUE
cuando se inició el plazo de cinco años que se establece en el artículo 53.1 LGSS
para su reclamación por el actor; no habiendo transcurrido el mismo en la fecha en que se solicitó”.
https://www.unive.es/movil/1533__recupera_mas_de_21000_euros_con_el_complemento_en_su_pension.html - Juzgado de los Social nº 42 de Madrid en su sentencia nº 102/2023 de 14 de Marzo : lo que determina que el cómputo del plazo de prescripción de 5 años que con carácter ordinario se inicia en la fecha del hecho causante no pueda comenzarse a computar hasta la publicación de la Sentencia del TJUE, siendo este el dies a quo de la prescripción”
https://www.unive.es/movil/1570__plazo_de_prescripcion_para_reclamar_el_complemento_por_maternidad.html
Uno de los aspectos importantes es que la Seguridad Social no ha apelado la sentencia y se ha convertido en firme desde el 2 de marzo de 2020, lo que impacta significativamente en las reclamaciones de otros pensionistas. A lo largo del año 2020, varios juzgados y tribunales han fallado en favor de los solicitantes en casos similares, y la Seguridad Social no ha presentado recursos, lo que subraya la validez de esta nueva interpretación.
¿Quiénes pueden reclamar el complemento?
Para reclamar el complemento de pensión por hijos, es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Haberse jubilado entre el año 2.016 y el 2.021.
- Puede aplicarse a la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente en cualquiera de sus grados (total, absoluta o gran invalidez).
- Debes tener al menos dos hijos.
Si tu jubilación fue anticipada de forma voluntaria, lamentablemente no eres elegible para solicitar este complemento. Sin embargo, si la jubilación anticipada fue involuntaria, como en casos de ERTE o ERE, sí puedes hacer la reclamación.
En esta calculadora de pensiones puede hacer sus propios números de cuanto le corresponde por dicho complemento
¿Cuánto cobrará por el complemento?
El aumento de la pensión varía según el número de hijos:
- Puedes obtener un 15% adicional de tu pensión si tienes cuatro o más hijos.
- Si tienes tres hijos, el incremento es del 10%.
- Si tienes dos hijos, el aumento es del 5%.
- En aquellos casos que se esté cobrando la pensión máxima, se cobrará el 50% de las cantidades indicadas.
- Actualmente en todas las sentencias se está reconociendo el cobro de atrasos desde la fecha de jubilación por lo que se han dado casos de cobrar atrasos próximos a los 30.000 euros.
Documentación necesaria para la solicitud:
Para demostrar que cumples con los requisitos, debes proporcionar ciertos documentos:
- Copia del DNI del solicitante y de sus hijos.
- Libro de Familia.
- Resolución de la pensión, la cual reconoce la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Pasos para reclamar el complemento:
- Inicia el proceso presentando una solicitud inicial a la Seguridad Social. Puedes hacerlo de manera presencial o en línea a través de la sede electrónica del INSS. Luego, espera la Resolución o el fin del silencio administrativo.
- En caso de que tu solicitud sea denegada o no se reciba respuesta (silencio administrativo), presentar una Reclamación Previa y espera la Resolución de la misma o el fin del silencio administrativo.
- Si la Reclamación Previa también es denegada, tendrás que presentar una Demanda en el Juzgado de lo Social para continuar el proceso. En este caso, habrá que recurrir a los servicios de un abogado para que presente la correspondiente demanda en el Juzgado de lo Social.
La presentación de solicitudes por internet a través de la sede electrónica del INSS es una opción conveniente para agilizar el proceso de reclamación. En ese caso tendrá que disponer del certificado electrónico.
En resumen, reclamar el complemento de pensión por hijos se ha convertido en una realidad para muchos padres, gracias a la sentencia del TJUE. Si cumples con los requisitos, puedes aumentar tu pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente de manera significativa. No dudes en iniciar el proceso de solicitud y aprovechar este beneficio que la justicia ha reconocido para los padres.
¿Prescribe el Complemento de Paternidad-Maternidad?
En general, las reclamaciones a la Seguridad Social prescriben a los 5 años. En cuanto al complemento de Paternidad-Maternidad, el INSS o Seguridad social, está denegando todas aquellas solicitudes del complemento a la pensión que han pasado 5 años desde que se produjo la jubilación. Sin embargo, todos aquellos jubilados que presentan demanda en el Juzgado de lo social están ganando y si no se da el caso en primera instancia, suele ser atendido por el Tribunal superior de la Comunidad Autónoma.
Existen ya muchas sentencias a favor del jubilado en el sentido de que no prescribe el complemento por pensión e paternidad y se esta a la espera de que el Tribunal Supremo fije criterio que con seguridad será a favor de los jubilados dada la cantidad de sentencias ya existentes.
Pago de los Gastos de Abogado 1.800 euros
Recientemente el Tribunal Supremo en el Pleno de la Sala de lo Social ha dictado una nueva sentencia de fecha 15 de noviembre (977/2023) por el que se reconocer a favor de los pensionistas que se han visto obligados a acudir al juzgado para reclamar el complemento a ser indemnizados con una cantidad de 1.800 euros en concepto de daños y perjuicios por haberles denegados sus derechos reconocidos en la sentencia del Tribunal Europeo. Por tanto, si este es su caso y ha tenido que recurrir a un abogado, pregunte a mismo por esta posibilidad.
Si alguien está interesado en un abogado que lleva estos temas, puede enviar correo a cambioeurfv@gmail.com . Son abogados que trabajan a nivel nacional con sede en todas las provincias y han llevado mi caso con éxito. De la misma forma, si lo desea, podemos facilitarle un modelo de reclamación a la Seguridad Social y el modelo de la Reclamación Previa por un precio de 30 euros cada modelo cumplimentado con sus datos.
Actualización nueva Sentencia Tribunal Supremo
Hasta ahora, la Seguridad Social venía denegando el complemento de paternidad alegando prescripción cuando el beneficiario reclamada pasados los 5 años desde su fecha de Jubilación dado que el INSS estimaba que era aplicable el plazo general de prescripción para solicitudes a la S.S.
Sin embargo, El Tribunal Supremo en la Sala de lo Social ha emitido la sentencia núm. 332/2024 de fecha 21 de Febrero y de la que hemos tenido conocimiento a través de la prensa en fecha 5 de Marzo de 2.024.
Por tanto a partir de esta fecha, entendemos que la Tesorería de la Seguridad Social atenderá de forma positiva todas aquellas reclamaciones que tengan derecho al complemento de paternidad independientemente de la fecha que se reclame. De las misma forma, en su sentencia, el TS manifiesta que los efectos económicos serán desde la fecha de jubilación y por tanto con los correspondientes atrasos.
Otra cantidad a «pelear» con la Seguridad Social es la cantidad de 1.800 euros en concepto de daños y perjuicios, que en otra sentencia el Tribunal Supremo ha impuesto para aquellos casos en los que el beneficiario se hay visto obligado a ir a juicio.
Buenas, se debe demandar también al tgss o solo al inss??
En realidad se trata de lo mismo, Seguridad Social, TGSS o en INS. Si haces la reclamación online entra en esta dirección https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Prestaciones/INSS_2.37 adjuntando el escrito, libro de familia, la vida laboral y la carta que recibiste de la SS al jubilarte.
la SS tiene 90 días para contestar y si no lo hace en ese plazo se considera silencio administrativo. Entonces de nuevo hay que presentar un escrito de reclamación previa y la SS. tiene 45 días para contestar si lo deniega o no contesta entonces se lo tienes que dar a un abogado para que presente la demanda.
Importante. Es para jubilados entre 2.016 y el 2.021 y la jubilación a término. No vale por ejemplo a los 64 años.
Si lo deseas, te podemos facilitar un abogado que ha llevado mi caso y trabajan a nivel nacional. Manda un correo a camioeurfv@gmail.com con tus datos.