Las comisiones por descubierto también conocidas popularmente por comisiones por saldos en números rojos, son cantidades que cobran los bancos y cajas de ahorro cuando el saldo que disponemos en cuenta corriente se queda en negativo al ser mayores los gastos que los ingresos.
En algunas ocasiones, los gastos por descubierto son una buena fuente de ingresos para los bancos cuando el saldo negativo lo tienen garantizado por una nómina y otro tipo de garantías ya que sobraban altos tipos de interés y muchas comisiones.
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Tipo de Comisiones en Números rojos
Los bancos se han inventado diversos conceptos para cobrar las comisiones cuando no tenemos saldo y todas ellas son comunicadas al Banco de España para ser legal el cobro de las mimas:
- La Típica comisión en descubierto: Aunque depende de cada entidad, la comisión media que cobran los bancos es el 4% sobre el saldo negativo más alto en un determinado período.
- La Comisión por Reclamación del descubierto: Como indicamos, los bancos se han inventado una comisión por avisarle que se ha quedado en números rojos que suele ser una simple carta o un mensaje por el que le cobran entre 20 y 50 euros dependiendo de la entidad.
- Intereses de demora por saldo deudor: Posiblemente este concepto sea el más lógico. Sinos prestan dinero, nos tendrán que cobrar los intereses correspondientes por el saldo deudor. El problema viene cuando el tipo de interés es abusivo llegando a ser usura.
Comisiones por descubierto que se pueden Reclamar
Se pueden reclamar la devolución de las comisiones cobradas por descubierto al amparo de determinadas normas y sentencias del Tribunal Supremo.
Por la Ley de Consumo, el banco no puede cobrar más de 2,5 veces el interés legal del dinero (tipo del 3,25 en este año 2.024) entre las comisiones y gastos. Por tanto, tendremos que hacer un cálculo del total que nos ha cobrado el banco entre intereses y gastos y comprobar que no pase del 8,125 de interés global.
Un cobro de 40 ó 50 euros por una comisión de descubierto sobre una cantidad de saldo deudor pequeña, se puede defender que es abusiva y conseguir que el banco la devuelva.
Y otro aspecto a tener en cuenta, en ocasiones el saldo deudor se produce por diferencia de fechas de valoración entre los ingresos y los gastos sin que exista riesgo de impago para el banco en cuyo caso no procede el cobro de la comisión.
Reclamar al Banco de España
Existen sentencias del Tribunal Supremo anulando el cobro de determinadas comisiones en descubierto cuando no se cumplen las normas establecidas por el Banco de España para este tipo de gastos donde especifica que para poder cobrar esta comisión, el cliente debe haberla aceptado expresa o tácitamente.
Por este motivo, una vez que ha reclamado al banco por escrito y sin respuesta satisfactoria, antes de acudir a un abogado para presentar una demanda, procede reclamar antes al Servicio de atención al cliente del Banco de España.